El 20 de diciembre de 2024 el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto de «simplificación orgánica» que reformó el artículo 6° constitucional y extinguió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), junto con otros seis organismos autónomos. Sus funciones pasaron a la Secretaría Anticorrupción y del Buen Gobierno. El argumento oficial: eliminar duplicidad de funciones y generar ahorro presupuestal para redirigirlo al combate a la desigualdad.
Hay un problema con esa narrativa, y está en la letra chica del propio dictamen legislativo.
EL DATO QUE CONTRADICE EL DISCURSO OFICIAL
Cuando una reforma de este tipo se dictamina, la Secretaría de Hacienda y el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) están obligados a emitir una opinión sobre su impacto presupuestario. Según consta en el expediente legislativo, ambas instancias determinaron que la reforma no representaba un ahorro sustantivo: al trasladarse las funciones del INAI al Ejecutivo, las plazas, la estructura operativa y los programas debían seguir existiendo y financiándose, solo que bajo otro nombre y otra cadena de mando.
Si el propio análisis técnico del Estado no encontró un ahorro relevante, entonces el argumento presupuestario funcionó más como empaque que como motivo real. Lo que sí cambió, de forma verificable, fue quién controla la última palabra sobre qué información pública se entrega y qué se reserva: antes un órgano autónomo con resolución vinculante; hoy, la misma dependencia del Ejecutivo que decide qué reservar.
EL RIESGO QUE NADIE VE: TUS DATOS Y LOS DE TU EMPRESA
Aquí es donde esto deja de ser un tema de politólogos y se vuelve un tema de negocios. El INAI no solo resolvía solicitudes de información pública: era también la autoridad garante en materia de protección de datos personales para el sector público y, en ciertos supuestos, servía de referencia normativa para el sector privado bajo la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Con su desaparición, la autoridad que antes fungía como árbitro independiente frente a abusos en el manejo de datos —tanto de entes públicos como, indirectamente, del ecosistema regulatorio que rodea al sector privado— queda sin ese contrapeso. Para una empresa que trata datos personales de clientes, empleados o proveedores, esto no cambia sus obligaciones de cumplimiento, pero sí cambia el mapa de a quién acudir y bajo qué reglas si algo sale mal.
QUÉ PASA SI TE NIEGAN INFORMACIÓN O TIENES UNA CONTROVERSIA DE DATOS
Antes de la reforma, un particular o una empresa inconforme con la respuesta de una dependencia tenía un recurso de revisión ante un órgano técnico y autónomo. Ese mecanismo desapareció. La ruta que queda es el litigio directo: juicio contencioso administrativo o juicio de amparo, este último ya acotado tras las reformas de 2024-2025 en materia de efectos generales de las sentencias.
En términos prácticos: menos vías administrativas rápidas y económicas, más dependencia del litigio formal, con los tiempos y costos que eso implica. Y con un agravante adicional para el federalismo: los estados operaban bajo el paraguas coordinado de la Ley General de Transparencia; sin órgano garante nacional, cada entidad podría empezar a moverse por su cuenta.
LA LECCIÓN PARA QUIEN TOMA DECISIONES DE NEGOCIO
Más allá del debate político, hay una lección de fondo para cualquier empresario: cuando desaparece un árbitro independiente, no desaparece el riesgo, solo cambia de forma. Las obligaciones de transparencia y protección de datos siguen vigentes; lo que se modificó es el canal para exigir su cumplimiento y la velocidad con la que se resuelven las controversias.
Si tu empresa maneja datos personales de clientes o colaboradores, este es un buen momento para revisar tus avisos de privacidad, tus protocolos internos de manejo de información y tener claro, de antemano, cuál sería tu ruta legal si necesitas exigir el cumplimiento de una obligación de transparencia o defenderte de una controversia de datos.
En Negocios en Números seguimos de cerca este tipo de reformas porque entendemos que el derecho administrativo y fiscal no vive aislado de tu negocio: le da forma. Si quieres una revisión de cómo esta y otras reformas recientes impactan el cumplimiento de tu empresa, escríbenos a Chávez Domínguez Consultores.


Deja un comentario